NOM-035: ¿Previene el estrés en las empresas o lo provoca?

El fin es bueno, pero la forma en que lo “vendieron” es terrible, mas sabemos de la multa que ocasionará su falta de cumplimiento de 500 a 5,000 unidades de medida, a salario actual algo así como 735,000 pesos en un tope máximo.

Cuando te pones a leer la NOM casi quieres llorar, y vaya que te causa estrés, con una metodología nada amigable, te exige una muestra estratosférica para su aplicación y entonces tiene que aplicar la encuesta en prácticamente toda la organización, y te quiero ver aplicando la encuesta con una población de 300, 500 y 1,000 operadores, todos en movimiento por todo el país, te vas a tardar la vida entera. 

Y si eso te causó estrés, a la hora de tabular la información te quieres morir.

Pero bueno, dejemos de quejarnos y veamos qué previene la NOM y es el riesgo psicosocial en el trabajo… y eso qué es, se preguntarán ustedes, hablando de la situación en el autotransporte. Para empeñar, recuerden que por ahí se dice que todo aquel que trabaja en el transporte debe ser adicto a la adrenalina, entonces, ¿habrá riesgo psicosocial?, por supuesto que sí, pero en concreto qué analiza la norma:

a) Condiciones del ambiente de trabajo. En varias empresas las condiciones de trabajo por las instalaciones y la condición de los vehículos es lamentable. Pero tengamos en cuenta que la edad promedio de las unidades en la empresa pequeña y el llamado hombre camión, es de 17 años, por tanto, imaginen las condiciones de éstas; entonces, es obvio que capacidad de inversión para unas buenas instalaciones y por lo tanto mejores condiciones pues no lo hay.

b) Cargas de trabajo. El transporte trabaja 24/7, no hay sábados, domingos, días festivos, día o noche; entonces habrá operadores que manejan jornadas muy largas, que tendrán que dormir en su unidad, e irán a su casa a lo mejor un mes o dos después de trabajar. Y qué decir de los administrativos muchos en el área de Operaciones o Tráfico, duermen con el teléfono al lado porque les hablarán para solucionar problemas a cualquier hora de la noche o madrugada.

c) Control sobre el trabajo. Aquí domina la urgencia y cuando el cliente espera su mercancía justo a tiempo, porque si no habrá paro de planta, pues poco control sobre tus tiempos, tus rutas, etc. Aunque sí normalmente se establece un tiempo máximo de trayecto y el operador debe saber cómo administrar sus tiempos de descanso y conducción.

d) Jornadas que exceden lo permitido por la ley. Recordemos que el transporte se “cuece aparte” y que no es una fábrica donde haya turnos y todos salen a una misma hora y son reemplazados ante una máquina por otro turno. La SCT establece sus propias normas respecto de los tiempos de descanso del operador.

e) Interferencia en la relación trabajo familia. Y aquí sí todas, recordemos que ellos están la mayor parte del tiempo en la carretera y sólo cuentan con unos cuantos días para estar en familia. Esto se ha visto facilitado por la comunicación a través de celular, pero de cualquier manera no es lo mismo y sin duda es el precio más alto que han tenido que pagar los operadores, en donde quizás no estuvieron presentes cuando nacieron sus hijos, o sus cumpleaños o graduaciones, etc.

f) Liderazgo y relaciones negativas. Hemos hablado de la necesidad de preparar a quien dirige operadores, que en ocasiones son personas muy jóvenes, a lo mejor y recién salidos de una carrera, donde en su vida, no habrán hecho ni un solo viaje en tráiler, no saben prácticamente nada de la vida en carretera, no son particularmente empáticos, entonces el liderazgo puede no ser muy nutritivos. Pero no pensemos en ellos como los villanos, que sin duda sufrirán también por presiones excesivas por resultados y por la inmediatez con que requieren ser resueltos los problemas en el mundo del transporte.

g) Violencia laboral. Sí, también puede haber violencia verbal y también emocional.

Entonces, como conclusión, hay mucho que hacer en la empresa de transporte, sí por supuesto, si la NOM 035 puede ayudar a aliviar todo aquello que puede producir estrés laboral, en lo personal no lo creo.

No, desde una autoridad que creó la norma, pensando primero en cuánto iba a cobrar de multa y no facilitando programas para que el empresario pueda mejorar sus condiciones, y no es una cuestión de no querer.

Recordemos que la mayoría de nuestras empresas en México son muy pequeñas y están en modo supervivencia. La autoridad fijó como límite el 2020 donde debería haber ya un diagnóstico y programas operando en las empresas y si a eso le sumamos el factor pandemia…

Sería verdaderamente injusto que se quisiera satanizar a las empresas por no aplicar la norma 035. Reitero, sí hay que mejorar las condiciones laborales y también las psicosociales, pero eso lo tiene claro todo el mundo, al menos las empresas medianas y grandes que hacen de continuo mediciones de clima laboral y saben qué aqueja a los colaboradores.

Escrito por Rocío Sánchez

NOM-035: ¿Previene el estrés en las empresas o lo provoca?

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *